El 23 de marzo de 2011, la Agencia oficial de China XINHUA emitió el artículo “Disputas en el Mar Meridional de China (Nam Hai) desde el ángulo de las leyes internacionales¨ elaborado por He Jian y Wang Ao, de la Universidad de Xiang Tan. Además de certificar la llamada ¨soberanía¨ de China, ese trabajo calumnió a Viet Nam y otros países del Sudeste asiático ¨encorvar¨ la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS) de 1982 y ¨pugnar la soberanía china¨ en el Mar Oriental. En lo siguiente, el autor no pretende debatir la actitud arrogante e insolente de He Jian y Wang Ao, sino buscará esclarecer el asunto del Mar Oriental a la luz de las leyes internacionales, especialmente la UNCLOS, a ver si hay similitudes con el enfoque de los estudiosos chinos?

1. SINTESIS SOBRE EL MAR ORIENTAL
Es un área semicerrada en Asia- el Pacífico, con 3,5 millones de kilómetros compartidos por 9 estados ribereños: Viet Nam, China, Filipinas, Malasia, Brunei, Indonesia, Tailandia, Cambodia y Singapur. Dispone de inmensas reservas de los recursos naturales, particularmente el crudo, el gas y los productos acuáticos, así como el hielo quemado según informaciones recientes. Constituye la segunda línea de navegación del mundo, después del Mar Mediterráneo, con el paso diario de entre 150 y 200 barcos de gran carga. Las mercancías de impor-exportación indispensables para las grandes economías como China, Japón, Sudcorea, Taiwán y Hong Kong dependen mucho de esta ruta. Y desde el punto de vista militar, el Mar Oriental es el espacio operacional para flotas de marina de numerosos países, dentro y fuera de la región. Todos estos factores conducen al evidente hecho de que en el Mar Oriental se intercalan estrechamente los intereses de diversos estados, a niveles diferentes. La Paz y estabilidad en el área influyen directamente en la región y en el mundo.

2. ÁREAS MARINAS DE LOS ESTADOS LITORALES DEL MAR ORIENTAL, SEGÚN LEYES INTERNACIONALES

La III Conferencia de la ONU sobre el Derecho del Mar (1967-
1982) aprobó la UNCLOS de 1982, con 320 cláusulas y 9 enmiendas. Como fruto de una larga negociación entre distintos grupos de países, el documento constituye una solución de paquetes equitativa y marca la cima del proceso de codificación y desarrollo ramal de los derechos del mar internacionales. La Convención estableció claras estipulaciones jurídicas para distintas zonas náuticas bajo la soberanía o derecho a la soberanía de los estados litorales, regulando sus derechos y obligaciones en el despliegue de las actividades concernientes al mar. Dejó creada una serie de importantes mecanismos relativos al cumplimiento de UNCLOS y solución de las disputas marítimas como el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, Conferencia de los Miembros de UNCLOS, Autoridad Internacional de Fondos Marinos y Comisión de Plataformas Continentales. La UNCLOS de 1982 cuenta, hasta la fecha, con la participación de 161 naciones y organizaciones internacionales, incluidos siete estados ribereños del Mar Oriental (Viet Nam, China, Indonesia, Malasia, Filipinas, Singapur y Brunei).

Al aplicar la UNCLOS de 1982 a las condiciones concretas del Mar Oriental, veremos los puntos básicos siguientes:

UNO: Los estados costeros del Mar Oriental ejercen soberanías sobre las aguas interiores y el mar territorial que se extiende hasta 12 millas náuticas contadas a partir de sus líneas de base. Vale la pena recordar que según las leyes vigentes en las décadas del 40 y 50 del siglo pasado, el mar territorial en esta región estaba a sólo 3 millas marinas y fuera de ese límite eran las aguas internacionales. De ese modo, la UNCLOS ha ampliado, a 9 millas náuticas, el mar territorial de los países litorales del Mar Oriental.

DOS: Cada nación litoral del Mar Oriental ejerce soberanía sobre sus Zonas Económicas Exclusivas (ZEE) de 200 millas marinas y sus plataformas continentales, también de 200 millas como mínimo. La anchura de estas dos áreas se mide a partir de las líneas de base empleadas para definir el mar territorial. En el caso de que la plataforma continental supera las 200 millas, el estado ribereño del Mar Oriental podrá ampliarla a 350 millas, con la condición del apego estricto a los trámites y estipulaciones trazados en la UNCLOS.
Cada nación costera del Mar Oriental dispone de plenos derechos para la prospección y explotación de los recursos naturales en sus aguas marinas, particularmente en sus ZEEs y plataformas continentales, en aras de la vida de su pueblo y desarrollo del país. Cuenta con el derecho de permitir o no permitir a otros países participar en la explotación de recursos naturales en sus aguas jurisdiccionales. Cada parte ribereña debe respetar dichos derechos soberanos de otras naciones litorales y conforme a las cláusulas de UNCLOS 1982, los países costeros del mar Oriental tienen la obligación de respetar derechos de sus similares en las libertades de navegación y sobrevuelo, tanto en las ZEEs como en el espacio aéreo sobre las mismas y las plataformas continentales de cada nación litoral.

TRES: Partiendo de la UNCLOS 1982, cómo se deben percibir la rúbrica en 1992, por China y la compañía Creston, de un acuerdo sobre el arrecife Tu Chinh de Viet Nam y la presentación, por Beijing a la ONU en mayo de 2009, del reclamo ¨Línea de la lengua de vaca¨?
El área Tu Chinh se ubica enteramente en la plataforma continental de 200 millas acuáticas de Viet Nam y ha sido divida en bloques para la prospección del hidrocarburo. El hecho de que la Compañía nacional de Petróleo y Gas de China firmó en 1992 con su similar Creston, de Estados Unidos, un contrato de prospección en Tu Chinh (nombrado por ellos como Van An Bac) constituye una descarada violación de la soberanía vietnamita, según la UNCLOS de 1982.
Respecto al reclamo ¨Línea de la lengua de vaca¨ o ¨Línea de nueve tramos¨, podemos recordar a estudiosos chinos los calificativos de extravagante y carente de argumentos adjudicados por sus colegas de Francia, Bélgica y Estados Unidos, entre otros delegados asistentes a los seminarios sobre el Mar Oriental efectuados en Ha Noi y Ciudad Ho Chi Minh, en 2009 y 2010, y en otros simposios internacionales. Pese al pedido a China de esclarecer la esencia jurídica de las áreas marinas dentro de la ¨Línea de la lengua de vaca¨, su sector de estudiosos tampoco pudo adelantar ninguna respuesta satisfactoria.
A la luz de las cláusulas de UNCLOS 1982 cuyos firmantes incluyen a China, vemos con claridad que el reclamo arriba mencionado contradice a las estipulaciones de la misma Convención. Ninguna cláusula de UNCLOS puede justificar tal reclamo, sencillamente por que el área tragada por ¨Línea de la lengua de vaca¨ nunca podrá ser el mar territorial, una ZEE o la plataforma continental de China. Se trata justamente de las ZEEs y plataformas continentales de Viet Nam, Filipinas, Malasia, Indonesia y Brunei. Ese reclamo “Línea de la lengua de vaca¨ tan irracional violó gravemente la soberanía de los cinco estados de la ASEAN sobre sus ZEEs y plataformas continentales. Y por esa razón, Viet Nam, Malasia, Indonesia y Filipinas han presentado graduales notas al secretario general de la ONU, exigiendo sus rechazos totales.
La presentación de tal propuesta a la ONU y el reciente despliegue de los actos arriba mencionados están complicando la situación del Mar Oriental y despiertan preocupaciones reales en la comunidad mundial, obligando a la opinión pública levantar sus voces. No sólo las naciones involucradas en las pugnas en el Mar Oriental, sino otras fuera del área se mostraron también indignadas ante ese reclamo.

3. LAS DISPUTAS EN EL MAR ORIENTAL A LA LUZ DE LAS LEYES INTERNACIONALES

Hay dos tipos de litigios en el Mar Oriental que incluyen los relativos a las plataformas continentales y las Zonas Económicas (ZE) superpuestas, y los concernientes a la soberanía de los archipiélagos Truong Sa (Spratly) y Hoang Sa (Paracel).
a) Debido a la anchura de algunas áreas de esa cuenca marítima (como los golfos de Bac Bo y Tailandia) menor de 400 millas náuticas, existe la superposición de las ZEEs y del subsuelo marino de las naciones vecinas, lo que conduce a conflictos sobre el tema entre los estados ribereños del Mar Oriental.
Respecto a Viet Nam, en el Norte, este país dispone de las áreas superpuestas de plataformas continentales y ZEEs con China en el golfo de Bac Bo y una pequeña parte en la entrada de esa bahía. En el Sur, tiene las zonas superpuestas con Cambodia, Tailandia y Malasia en el golfo de Tailandia y otras con Indonesia en el sur del Mar Oriental. Otros estados litorales también tienen las áreas superpuestas de plataformas marinas y ZEEs como Malasia y Tailandia; Tailandia y Cambodia; e Indonesia y Malasia. Viet Nam y las partes concernientes solucionan de forma gradual y razonable los asuntos asociados a esos espacios marinos conforme a las reglas de la UNCLOS.

b) Los archipiélagos Truong Sa y Hoang Sa comprenden diversas pequeñas islas de arrecifes de corales situadas en el centro del Mar Oriental. En la actualidad, las mencionadas tierras son objetos de complejas controversias entre las naciones ribereñas. Viet Nam y China reclaman la soberanía de Hoang Sa; mientras Truong Sa es reivindicado por cinco estados, seis partes: Viet Nam, China, Filipinas, Malasia, Brunei que no ha hecho un reclamo formal de esas áreas insulares, y Taiwán (China).
Para resolver las pugnas territoriales, las leyes internacionales estipulan principios para determinar la soberanía que es la ocupación efectiva y ejercicio efectivo, continuo y pacífico del dominio de los Estados sobre un territorio. Ese principio se aplica para solucionar diferendos territoriales en el mundo como las disputas entre Estados Unidos y Holanda sobre la isla de las Palmas; Reino Unido y Francia acerca de Minquiers y Ecrehous; México y Francia, isla de Cipperton; y Noruega y Dinamarca, Greenland.
Al aplicar el mencionado principio en los casos concretos de Hoang Sa y Truong Sa, se debe reconocer la autoridad efectiva del Estado vietnamita sobre esos archipiélagos desde hace cientos de años. Precisamente, Viet Nam ejerce su soberanía sobre esos territorios desde el siglo XVII cuando no pertenecían a ningún país y desde entonces lo realiza de manera efectiva, continua y pacífica.
Este país dispone de diversas pruebas históricas y fundamentos legales para demostrar su soberanía sobre esas islas. Primero, los mapas vietnamitas del siglo XVII denominaban esos sectores Banco de Arena Dorada que pertenecía al distrito de Binh Son, de la prefectura de Quang Ngai. Segundo, las antiguas obras nacionales como Toan Tap Thien Nam Tu Chi Lo Do Thu (Mapas de rutas desde la capital hacia las cuatro direcciones, siglo XVII), Phu Bien Tap Luc (Misceláneas sobre la pacificación fronteriza, 1776), Dai Nam Thuc Luc Tien Bien y Chinh Bien (Primera y principal partes de crónicas de Dai Nam, 1844- 1848) relatan el envío, por las dinastías vietnamitas, de un grupo de soldados a Hoang Sa para la explotación, mientras los viejos gráficos y documentos extranjeros muestran el dominio vietnamita sobre Hoang Sa y Truong Sa.
Otra evidencia se refiere al hecho de que los estados feudales vietnamitas fundaron tropas armadas administrativas de Hoang Sa (de 70 efectivos en cada misión de seis meses de duración) y Bac Hai para explotar los recursos marinos como conchas, pepinos del mar y preciosos caracoles, y recolectar objetos de barcos hundidos. Se definieron claramente los reglamentos de la selección y compensación para los milicianos que operaban, de forma consecutiva, desde los emperadores Nguyen (1558-1783) y Tay Son (1786-1802) hasta el reinado Nguyen. Esta última dinastía mandó a Hoang Sa los generales Pham Quang Anh (en 1815), Truong Phuc Si, Pham Van Nguyen y Pham Huu Nhat (1834, 1835,1836, respectivamente) para explorar, medir las islas, realizar cartografías y construir templos y estelas de soberanía. En 2009, la familia Dang en el distrito de Ly Son, de Quang Ngai, entregó al Estado un decreto de la dinastía feudal que ratifica los derechos legítimos de Viet Nam sobre Hoang Sa.
Con su invasión a Indochina, Francia continúa la gobernación de los dos archipiélagos en nombre de Viet Nam, mediante el envío de buques de guerra para patrullar el área, garantizar la seguridad y prevenir el tráfico ilegal. Las autoridades francesas permitieron a los japoneses a explotar el guano en el archipiélago. También envió el buque De Lanessan para realizar investigaciones oceanográficas, geológicas y biológicas allí… Entre los años 1930 y 1932, las naves de la Marina francesa de Insconstant, Alerte, La Malicieuse y De Lanessan fueron enviados en diversas ocasiones a Hoang Sa.
En los primeros años de la década del treinta del siglo pasado, Francia estableció bases militares en importantes islas del archipiélago Truong Sa (Truong Sa, An Bang, Ba Binh, Song Tu, Loai Ta y Thi Tu) y estas actividades se promulgaron en la Gaceta de la República francesa el 26 de julio de 1933. Ese año, el gobernador general de Indochina promulgó un decreto para incorporar el archipiélago Truong Sa a la provincia survietnamita de Ba Ria. La colonia francesa también separó Hoang Sa de la provincia de Nam Nghia para juntarlo a Thua Thien y estacionó una unidad militar allí. Tras reocupar la península indochina, las fuerzas francesas sustituyeron a las tropas chinas, obligadas a retirarse de esas zonas insulares que ocuparon ilegalmente en 1946, y reconstruyeron estaciones meteorológicas y radiofónicas.
En la Conferencia de San Francisco de 1951 se presentó una propuesta de añadir al borrador del Convenio la demanda de devolver a China los archipiélagos Truong Sa y Hoang Sa. Sin embargo, el cónclave rechazó esa proposición por 46 votos a favor, tres en contra y una abstención. En esa misma cita, el jefe de la delegación vietnamita reiteró la soberanía tradicional de su Estado sobre dichos archipiélagos, sin ninguna objeción o reserva de cualquier país. En 1956, Francia entregó el territorio survietnamita a la administración de Saigón que envió unidades militares a encargarse de esas áreas, reorganizar las gestiones administrativas (estableciendo en cada archipiélago una comuna que pertenecía a un distrito en la tierra firme), construir estelas de soberanía y mantener el funcionamiento de las estaciones meteorológicas.
A partir de los años cincuenta del siglo XX, la situación en Truong Sa y Hoang Sa se volvió cada vez más complicada. Aprovechando la retirada de Francia de Indochina según el Convenio de Ginebra de 1954, China ocupó los islotes al Este de Hoang Sa en 1956, pese a las fuertes oposiciones de la administración de Saigón. Tres años después, un grupo castrense chino se fingió como pescadores y desembarcó en las islas occidentales de Hoang Sa. No obstante, el ejército de Saigón consiguió capturar a esos 82 “pescadores”.
En 1974, cuando el ejército de Saigón tenía que enfrentarse a la ofensiva de las fuerzas revolucionarias, China movilizó a sus fuerzas aéreas y marinas para apoderarse de las islas al Oeste de Hoang Sa, con enérgicos rechazos de la administración de Saigón y del Gobierno Revolucionario Provisional del Sur de Viet Nam. Luego del derrumbe de la administración de Saigón en 1975, el Estado de la República Democrática de Viet Nam asumió la gestión de las islas de Truong Sa e instaló los distritos insulares de Hoang Sa y Truong Sa. La verdad es que hasta 1988 no existía ninguna presencia de China en Truong Sa. El 14 de marzo de 1988, la parte china recurrió a la violencia para invadir diversos islotes roqueños del archipiélago vietnamita. En esa batalla desigual, 64 queridos hijos de nuestra Patria cayeron por proteger la soberanía nacional en dicho territorio.
En conclusión, a la luz de las leyes internacionales, Viet Nam dispone de suficientes muestras históricas y bases jurídicas para ratificar su soberanía sobre los archipiélagos Truong Sa y Hoang Sa. Conforme a las pruebas históricas, China empezó a ocupar la parte oriental del archipiélago vietnamita de Hoang Sa en los años cincuenta del siglo pasado. En 1974, usó fuerzas militares para ocupar la parte occidental del mismo territorio. Y el 14 de marzo de 1988, ocupó distintos islotes rocosos de nuestro archipiélago de Truong Sa.

4. SOLUCIONES PARA LAS CUESTIONES
CONCERNIENTES AL MAR ORIENTAL
a) Las cuestiones relacionadas al Mar Oriental son muy complejas, importantes y sensibles para muchas naciones correspondientes. Los recursos beneficiarios en las zonas marítimas del Mar Oriental son sumamente importantes para la vida cotidiana de centenares de millones de personas de los nueve estados costeros. Los recursos naturales aquí son una condición necesaria para la empresa de construcción y desarrollo económicos de las naciones concernientes. Los países adyacentes al Mar Oriental están impulsando actividades para ejercer la soberanía de sus mares e islas. Al mismo tiempo, otras actividades con respecto al Mar Oriental son extremadamente diversificadas y abundantes (la libertad y seguridad de navegación, la lucha contra los crímenes del mar…) y ligadas a los intereses de otras naciones, dentro y afuera de la región.

b) Partiendo de esa realidad, una exigencia sumamente objetiva propuesta a todas las naciones que tengan actividades relacionadas con el Mar Oriental consiste en que deben cumplir la ley de juego esmeradamente establecida por la comunidad internacional, la UNCLOS de 1982. Al practicar la Convención para ejercer la soberanía y el derecho a la soberanía de sus aguas interiores, mares territoriales, ZEEs y plataformas continentales como están establecidos, las naciones costeras del Mar Oriental tienen las obligaciones de respetar la soberanía y el derecho de otras naciones vecinas a sus aguas territoriales, ZEEs y plataformas continentales. Es el deber de una nación miembro de las Naciones Unidas. Es el deber trazado por la UNCLOS y la Convención de Viena sobre los Tratados en 1969.
Es injusto e irracional que una nación costera del Mar Oriental dibuje a su gusto una línea de delimitación ambigua y contraria a la de UNCLOS, violando las zonas marítimas de otras naciones vecinas y creando “sitios en disputa”, y exija luego a sus víctimas “dejar la disputa y explotar conjuntamente” en su misma plataforma continental. Asimismo, el hecho de que una nación costera del Mar Oriental establezca a su voluntad la prohibición a la pesca en las ZEEs de otras naciones vecinas es contrario a los establecimientos de la UNCLOS. Sus comportamientos violan, de forma clara, los compromisos internacionales de una nación miembro de la ONU, conforme a la Carta de esta organización.

c) La existencia de las disputas sobre la soberanía de los dos archipiélagos de Hoang Sa y Truong Sa así como la disputa sobre las plataformas continentales y las ZEEs superpuestas son una realidad objetiva. La solución de los litigios, en especial sobre la soberanía de los dos archipiélagos, es difícil y compleja, sin significar que no se pueda realizar. Como lo anteriormente mencionado, entre Viet Nam y China, Tailandia, Indonesia, Malasia y Cambodia existen las zonas superpuestas de plataformas continentales y ZEEs en los golfos de Bac Bo y de Tailandia. En los últimos tiempos, a base de la UNCLOS de 1982 y con el espíritu de amistad, vecindad y el respeto a los justos intereses mutuos, Viet Nam ya definió su demarcación de las regiones marítimas con Tailandia, la delimitación de las regiones marítimas con China en el Golfo de Bac Bo y los límites de plataformas continentales con Indonesia en el Sur del Mar Oriental. Otras naciones costeras del Mar Oriental también solucionaron algunas disputas mediante sus esfuerzos comunes y a base de la legislación internacional. Recientes disputas entre Malasia y Singapur, y entre Indonesia y Malasia sobre la soberanía de algunas pequeñas islas fueron solucionadas con las decisiones del Tribunal Internacional de La Haya (ICJ).
Esa experiencia deja constancia de que las pugnas concernientes a la soberanía de los archipiélagos Hoang Sa y Truong Sa, así como los litigios entre países litorales del Mar Oriental sobre las zonas marítimas superpuestas pueden ser solucionados de manera satisfactoria si la ley internacional, incluida la UNCLOS de 1982, fuera respetada y las medidas pacíficas trazadas en la Carta de la ONU para las contiendas fueran aplicadas. Amenazar con la violencia o conminar a utilizarla están prohibidos por la ley internacional, puesto que no rpt no constituyen un método correcto para resolver las disputas en el Mar Oriental.

d) Es obvio que las discordias relativas al Mar Oriental son muy complicadas. El camino hacia una solución final, aceptable para todas las partes será largo y nada plano, requiriendo de todos sus mayores esfuerzos. Por lo tanto, en el proceso de búsqueda de una solución básica duradera para las disputas, las partes concernientes deben cumplir los compromisos expuestos en la Declaración sobre el Comportamiento de las partes en el Mar Oriental (DOC) firmada entre la ASEAN y China en 2002, en especial el compromiso de no recurrir a acción alguna que complique la situación en la zona. Los miembros de la ASEAN y China deben esforzarse y trabajar juntos por alcanzar un documento de mayor grado jurídico y más comprometido en comparación con el Código de Conductas en el Mar Oriental (COC). El nuevo documento podría firmarse bajo la forma de un convenio, un tratado o un acuerdo, o como un memorando (MOU) suscrito por representantes de la ASEAN y China y ratificado luego por los organismos competentes de ambas partes.
Respetar los principios fundamentales de la ley internacional, la Carta de la ONU y las estipulaciones de la UNCLOS de 1982; solucionar las disputas mediante las medidas de paz; cumplir cabalmente los compromisos en la DOC, encaminando a establecer un COC y conjugar esfuerzos por convertir esta zona en una de paz, amistad y cooperación constituy en la llave para los complicados problemas en el Mar Oriental./.