Según la decisión, se establecieron 10 criterios al respecto, a partir de loscuales los centros docentes que cumplan seis pueden llevar a cabo lasactividades académicas presenciales.
En concreto, los maestros, funcionarios y trabajadores en las instituciones deenseñanza deben haberse recuperado de la enfermedad en al menos los últimos seismeses, completado el esquema de vacunación contra el COVID-19 o recibido laprimera inyección no menos de 14 días antes de retomar sus labores. Además, se regula la cantidad de estudiantes, funcionarios y trabajadores enlas escuelas, el mantenimiento de la distancia, la preparación dedesinfectantes, el monitoreo de salud, la declaración médica y los planes decuarentena.
Particularmente, los jardines de infancia deben cerrar las puertas después delas 16:30 (hora local) para garantizar la prevención y control de la pandemia./.