En consecuencia,se aplicará el recorte del IVA para los grupos de bienes y servicios queactualmente están sujetos a la tasa del 10 por ciento, excepto:telecomunicaciones, actividades financieras, banca, bolsa de valores, seguro,negocios inmobiliarios, metales y productos metálicos prefabricados, productosde minería (excluida la minería del carbón), coque, petróleo refinado yartículos químicos. También incluyen los bienes y servicios sujetos al impuestoespecial y la tecnología de la información.
La reducción delIVA para cada tipo de bienes y servicios especificados se aplicará de manerauniforme en las etapas de importación, producción, procesamiento y comercialización.
Los productos decarbón, incluido carbón extraído y luego filtrado, clasificado según un procesocerrado antes de ser vendido, están sujetos a la reducción del impuesto alvalor agregado. Mientras, los enumerados en el Apéndice I de este Decreto noson elegibles para esta política.
Las corporacionesy grupos económicos que realicen un proceso cerrado de producción también sebenefician de la IVA de ocho por ciento para los productos de carbón vendidos./.