Publican regulaciones sobre origen de productos de TLC Vietnam – UEE

En virtud del tratado de libre comercio entre Vietnam y la Unión Económica Euroasiática (UEE), el aprovechamiento de preferencias arancelarias de un exportador puede ser suspendido en cuatro meses si no cumple con los principios sobre el origen de producto.
Publican regulaciones sobre origen de productos de TLC Vietnam – UEE ảnh 1Foto de ilustración (Fuente: VNA)
 

Hanoi (VNA) – En virtud del tratado de libre comercio entre Vietnam y la Unión Económica Euroasiática (UEE), el aprovechamiento de preferencias arancelarias de un exportador puede ser suspendido en cuatro meses si no cumple con los principios sobre el origen de producto. 

El Ministerio de Comercio e Industria de Vietnam divulgó recientemente una pauta sobre la aplicación de esas regulaciones del acuerdo comercial entre el país y la UEE (integrada por Rusia, Belarús, Armenia, Kazajstán y Kirguistán), firmado en mayo de 2015 y en vigor a partir del 5 de octubre próximo. 

Según la guía, el tratado permite a la parte importadora suspender en cuatro meses el disfrute de los privilegios tributarios si se detectan fraudes sobre el origen de mercancías o si el exportador no coopera en el proceso sistemático de verificación de origen. Esa sanción es prorrogable en tres meses. 

Por otro lado, el país importador puede rechazar el aprovechamiento de preferencias a un lote específico, que denote fraude en el momento de penetrar en su territorio, y esa regulación no es aplicable a los artículos o empresas relacionados. El lote rechazado podrá recibir aranceles preferenciales después de ser verificado que cumpla con los estándares de origen. 

La cartera también reveló que el acuerdo acepta facturas de un país ajeno, salvo a 30 naciones insulares que aplican un impuesto de importación de cero por ciento, pues la UEE se preocupa de riesgos de estafa comercial por la política arancelaria de esos estados. 

Además, el tratado requiere que las partes firmantes provean el sello de la entidad encargada de la expedición de certificado de origen (C/O), en lugar del sello y la firma del funcionario encomendado de esa tarea. Esta regulación es más favorable para las empresas, ya que la diferencia de las firmas ya no causa la sospecha de la validez del C/O. 

Otro punto notable es que un conjunto de diferentes productos puede aprovechar de preferencias si no más del 15 por ciento de su valor cumple con los principios de origen. 

Según el Ministerio vietnamita, las partes tratan de aplicar, en no más de dos años después de que entre en vigor el tratado, un sistema electrónico para la verificación y expedición del C/O. – VNA 

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