Se trata de las legislaciones que modifican y complementan algunos artículos delas leyes de Pericia judicial; Construcción; Prevención y Control de DesastresNaturales y de Diques; Promulgación de Documentos Legales y Organización de laAsamblea Nacional.
Otras leyes incluyen las referentes a la mediación y diálogo en los tribunales;la de juventud, empresas, inversión y el modelo de inversión en la asociaciónpúblico-privada (PPP).
La legislación que modifica y complementa algunos artículos de la Ley dePrevención y Control de Desastres Naturales y la Ley de Diques entrará en vigorel 1 de julio de 2021, mientras las otros nueve regirán oficialmente a partirdel 1 de enero de 2021.
Sin embargo, varias disposiciones en los artículos 1 y 3 de la legislación quemodifica y complementa algunos artículos de la Ley de Construcción, junto conla cláusula 6 del artículo 101 de la Ley de Inversión en PPP, entrarán en vigorantes, el 15 de agosto de 2020.
La cláusula 3 del artículo 75 de la Ley de Inversiones se aplicará a partir del1 de septiembre próximo.
Mientras tanto, ciertas regulaciones en el artículo 1 de la ley que modifica ycomplementa algunos artículos de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional seránaplicadas cuando comience el decimoquinto mandato de la legislatura.